A partir del próximo 2 de Diciembre del 2013 el Registro Publico Nacional, de conformidad a Directriz DSR-RN-005 de la Dirección de Servicios Registrales, exigirá que todo tramite registral relacionado con vehículos automotores, buques o aeronaves deberá tener cancelado el derecho de circulación del año 2014.